¿Por qué debo de realizar el trámite para obtener la calificación de contratistas que otorga la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno del Estado de Puebla?
Para poder participar en los procedimientos de adjudicación en materia de obra pública o servicios relacionados con la misma en el Estado de Puebla, se debe de realizar el trámite para obtener la calificación que otorga la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno del Estado de Puebla a través del Listado de Contratistas Calificados y Laboratorios de Pruebas y Control de Calidad para el Estado de Puebla, adscrito a la Dirección de Padrones.
¿Cómo puedo saber si debo realizar el trámite de Contratista?
La Ley de Obra Pública y Servicios relacionados con la Misma para el Estado de Puebla, señala en el artículo 56, que solo podrán ejecutar obra pública o prestar servicios relacionados con la misma en el Estado, quienes obtengan la calificación que otorgará la Contraloría (ahora Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno) y el Comité de Obra Municipal, en el ámbito de su competencia.
Por consiguiente, las personas físicas y personas morales que deseen participar en los procedimientos de adjudicación en materia de obra pública y servicios relacionados con la misma, que convocan las dependencias y entidades de la administración pública estatal, deberán realizar el trámite de registro o revalidación para pertenecer al Listado de Contratistas Calificados y Laboratorios de Pruebas y Control de Calidad y dar cumplimiento a los requisitos solicitados por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
¿Qué vigencia tiene la calificación en el Listado de Contratistas?
Un año, a partir del 01 de junio al 31 de mayo del año siguiente.
¿Con que tiempo se cuenta para revalidar la calificación?
Del 01 al 31 de mayo del ejercicio fiscal correspondiente.
¿En qué fecha puedo realizar el trámite de Inscripción?
En cualquier momento, del 01 de junio al 30 abril del año siguiente. Considerando que el periodo de revalidación es del 01 al 31 de mayo del ejercicio fiscal correspondiente.
¿En qué fecha puedo realizar el trámite de ampliación de especialidades?
En cualquier momento, siempre y cuando se haya realizado y finalizado el trámite de inscripción o revalidación, considerando que la vigencia termina el 31 de mayo del ejercicio fiscal correspondiente.
¿Cuántas especialidades se pueden solicitar en el trámite de Ampliación?
Las especialidades que se puedan acreditar mediante la experiencia técnica.
¿Con la Constancia de calificación obtenida, puedo participar en otros Estados de la República Mexicana?
No, está constancia solo es válida para participar en los procedimientos de adjudicación en materia de obra pública y servicios relacionados con la misma en el Estado de Puebla, conforme a la legislación vigente.
¿El registro en la plataforma del Sistema de Contratistas lo puede efectuar cualquier persona?
Si, cualquier persona que designe el representante legal de la empresa o la persona física, sin embargo, para el cotejo de la información o cualquier aclaración respecto al trámite, deberá presentase el representante legal de la empresa o la persona física que solicita el trámite, o en su defecto la persona designada para atender el trámite con poder notarial.
¿Por qué me piden requisitos?
De acuerdo a la legislación del Estado de Puebla, para poder participar en los procedimientos de adjudicación en materia de obra pública o servicios relacionados con la misma, las personas físicas y personas morales deberán estar inscritos en el Listado de Contratistas Calificados y Laboratorios de Pruebas y Control de Calidad y cumplir con los requisitos que señala tanto la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma para el Estado de Puebla (artículo 57) como el Reglamento para la calificación de contratistas y laboratorios de pruebas y control de calidad en el Estado de Puebla.
¿Qué es la Solvencia Económica, Solvencia Moral y la Experiencia Técnica?
Solvencia económica: Es la capacidad financiera que posee una persona física o persona moral para hacer frente a todas sus deudas y obligaciones de pago a largo plazo utilizando sus activos.
Solvencia moral: La solvencia moral se refiere al conjunto de cualidades éticas y atributos que hacen que una persona física o persona moral sea considerada como digna de confianza, íntegra y responsable en el ejercicio de sus funciones o en sus interacciones personales y profesionales.
Experiencia técnica: Se refiere a tener los conocimientos y habilidades, dominio práctico y profundo de procesos específicos en un área determinada en las que tenga experiencia la persona física o moral; a través de contratos directos, actas de entrega recepción, catálogo de conceptos, fianza de vicios ocultos; en caso de obra pública. Para obra privada los documentos deberán presentar: Licencia de construcción, factura finiquito, contrato directo y catálogo de conceptos.
¿El Capital Contable al que hace referencia esta plataforma, es el que se encuentra registrado en el acta constitutiva de la empresa?
No, el capital contable es la diferencia entre los activos y pasivos de la empresa y está constituido por la suma de todas las cuentas de capital, es decir, incluye capital social, reservas, utilidades y/o pérdidas acumuladas y utilidad o pérdida del ejercicio; el cual se refleja en el estado de posición financiera; dicho documento, además del estado de resultados y las relaciones analíticas, deben de ser elaborados por el contador de la empresa, quien debe ser titulado y con cédula profesional.
NOTA: Para las personas físicas se refiere a la cuenta de Patrimonio Contable.
En caso de ser una empresa de nueva creación ¿qué documento acreditaría mi capital contable?
Aun siendo de nueva creación debe contar con el estado financiero que acredite la solvencia de la empresa, o con que capital comienza operaciones, invariablemente debe ser elaborado por un contador titulado con cédula profesional.
¿En qué momento se realizará la verificación de la información que se proporciona a través de esta plataforma?
La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno del Estado de Puebla, a través del área competente de acuerdo a su reglamento interior, durante el proceso de calificación podrá verificar la veracidad de la información que proporcionen los solicitantes (personas físicas y personas morales) de una calificación.
¿Cuánto tiempo tengo para finalizar el trámite?
En el momento que se tengan adjuntos la totalidad de los requisitos solicitados en la plataforma y se entregue la solicitud firmada, son treinta días para finalizar el trámite.
¿La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno del Estado de Puebla tiene la facultad para suspender calificación de los contratistas? ¿En qué situaciones?
Si, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno del Estado de Puebla, se encuentra facultada para suspender los efectos de la calificación de los contratistas de conformidad con el artículo 60 de la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma para el Estado de Puebla, en los siguientes casos:
I.- Se les declare por autoridad competente, en estado de quiebra, intervenido o sujeto a concurso mercantil;Lo anterior sin perjuicio de que obtengan las licencias o autorizaciones que establezca la legislación aplicable.
¿La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno del Estado de Puebla, está facultada para Cancelar la Calificación? ¿En qué situaciones?
Si, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno del Estado de Puebla, tiene la facultad para cancelar la calificación en cumplimiento del artículo 61 de la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma para el Estado de Puebla, en los siguientes casos:
I.- Cuando la información exhibida para la calificación, resulte falsa o apócrifa, o se haya procedido con dolo en algún procedimiento de adjudicación o en incumplimiento de contrato;